Se prohibieron los productos con tabaco recalentado

Lo anunció el Ministerio de Salud, que restringió su importación, distribución y comercialización.

Mediante la Resolución 565/2023, publicada este lunes en Boletín Oficial, el Ministerio de Salud de la Nación informó que ya no se podrá importar, distribuir, comercializar y publicitar los “Productos de Tabaco Calentado” (PTC). Según señalaron, el objetivo de esta medida es “restringir el uso de este tipo de productos, que se consideran perjudiciales para la salud”. Cuáles son los efectos en la salud y en qué se diferencian de los cigarrillos “comunes” y los vapeadores, según un experto consultado por Infobae

“Los denominados Productos de Tabaco Calentado utilizan un aparato eléctrico que calienta un cigarrillo especial conteniendo tabaco reconstituido a una temperatura que no llega a producir combustión”, explicaron desde la cartera sanitaria nacional mediante un comunicado. En ese sentido, indicaron que “aunque se promueven como productos de riesgo reducido, hasta el momento ningún estudio independiente ha demostrado que sean inocuos para la salud”.

Según explicaron, “algunas investigaciones han comprobado que contienen muchas de las sustancias tóxicas que poseen los cigarrillos comunes, en algunos casos en mayor grado de concentración”.

Estos productos liberan un aerosol que tiene nicotina, que provoca también el consumo problemático y puede provocar adicción. Tienen partículas que son dañinas para el pulmón y para el sistema respiratorio. Además, tienen otras partículas como, por ejemplo, metales pesados, tales como el plomo, y otros que pueden provocar o pueden impulsar el desarrollo de cáncer. Además, se asocio fuertemente a enfermedades pulmonares crónica”, explicó a Infobae Francisco Dadic (MN 125795), médico especialista en medicina interna y toxicología, y director de Toxicología Hoy.

Fuente: Infobae

Compartir

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *