La Cámara de Casación confirmó la condena a tres años contra Guillermo Moreno por alterar las cifras del INDEC

El exfuncionario kirchnerista también quedó inhabilitado por seis años para ejercer cargos públicos; no irá preso, pero no podrá competir en las elecciones para cargos nacionales si se aprueba la ficha limpia

La Cámara Federal de Casación confirmó la condena a tres años de prisión en suspenso contra el exsecretario de Comercio Interior del kirchnerismo Guillermo Moreno por alterar los datos de medición de la inflación del INDEC. También lo inhabilitaron por seis años para ejercer cargos públicos. Pero al ser una condena en suspenso, Moreno no quedará detenido.

El fallo alcanza además a Beatriz Paglieri, exdirectora de Índice de Precios al Consumidor del INDEC. Ambos fueron condenados a la misma pena de tres años en suspenso y seis de inhabilitación por el Tribunal Oral Federal N° 2, mientras que María Celeste Cámpora Avellaneda y Marcela Lucía Filia que fueron absueltas.

El fallo fue dictado por los jueces Angela Ledesma, Alejandro Slokar y Guillermo Yacobucci de la Sala II de la Cámara Federal de Casación.

Aún si esta semana se aprueba la ley de ficha limpia, Moreno no quedaría impedido de competir en las elecciones de octubre. Según explicó la diputada Silvia Lospennato, impulsora de la ley, eso se debe a que el plazo de aplicación venció el 19 de abril –porque funciona hasta antes del primer acto electoral, que en este caso fue la publicación de los padrones provisorios–.

La condena de Paglieri fue de tres años de prisión en suspenso por los delitos de destrucción e inutilización de registros públicos y abuso de poder y Moreno fue hallado autor por determinar la comisión de ese ilícito.

El fiscal ante la Casación Mario Villar insistió con que se lo condene por falsedad ideológica, argumentando que los comunicados oficiales del INDEC donde se introducían los datos falsos de inflación eran instrumentos públicos. También apeló las absoluciones de Cámpora Avellaneda y Filia, considerándolas partícipes necesarias.

Moreno, en cambio, pidió su absolución o la revisión de la pena. Argumentó que la causa estaba prescripta y que no se violó el secreto estadístico al pedir informes sobre los encuestados para establecer el índice de precios.

Los jueces Ledesma, Slokar y Yacobucci rechazaron todos los recursos de Casación, tanto los presentados por el fiscal como las defensas y dejaron firmes la condenas. Ratificaron que los informes de prensa del INDEC no son equiparables a un “instrumento público” para condenar por el delito de falsedad ideológica. Dijeron además que la causa no está prescripta y que no se probó que Moreno y Palglieri incidieron en el Indice de Precios al Consumidor.

Con respecto de Paglieri, se confirmó que se acreditó el abuso funcional al ordenar cambios metodológicos para el cálculo del índice de inflación, sin tener facultades para ello y de manera contraria la metodología implementada hasta ese momento.

También ratificaron la calificación de destrucción de registros públicos, al entender que la falta de transparencia y los cambios ordenados inutilizaron los registros informáticos.

La jueza Angela Ledesma, cuyo voto lideró el acuerdo, sostuvo al respecto que “la ‘equiparación de los informes de prensa con ”instrumento público» es, ”insostenible’”.

Por su parte, el juez Alejandro Slokar adhirió a esta conclusión, señalando que “no es dable equiparar los informes de prensa en cuestión con el elemento normativo del tipo ‘instrumento público’, previsto en el tipo de injusto antes referido”.

En cuanto a las condenas de Moreno y Paglieri, las defensas no lograron revertirlas. La Cámara validó la valoración del tribunal que encontró probado que Moreno, ante la resistencia para obtener información protegida, “asumió el rol de inductor de las conductas típicas, antijurídicas y culpables de Beatriz Paglieri”. La instó a realizar cambios para “dibujar” el Indices de Precios al Consumidor,

Sobre la actuación de Paglieri, la Cámara confirmó que hubo abuso de autoridad al ordenar cambios metodológicos como la implementación de “topes” para limitar variaciones de precios sin tener facultad legal para ello y en contra de la metodología vigente.

También ratificó la condena por destrucción de registros públicos al entender que las modificaciones introducidas sin transparencia y el uso de fuentes no validadas inutilizaron los registros informáticos originales para compararlos con otros.

El juez Guillermo Yacobucci resaltó las implicancias institucionales de estos delitos. Dijo que estas “conductas son propias de aquellos sujetos que forman parte de la estructura funcional de los poderes estatales en el sistema democrático y que afectan el normal transparente y honesto desenvolvimiento de la administración pública”.

El magistrado dijo que “su infracción se exhibe, además, integrando una matriz de corrupción en sus relaciones con actores de la sociedad civil”. “La falta de transparencia en los actos de los gobernantes y la ausencia de fundamentación de sus decisiones repercuten en la sociedad generando un velo de desconfianza generalizada que lesiona la legitimidad de las instituciones democráticas”, escribió.

Yacobucci sostuvo que la gestión del Estado, en cuanto al INDEC “demandaba que la toma de decisiones de sus funcionarios fuera adoptada con rigurosidad a la luz de los principios de transparencia y legalidad” y en cambio los datos fueron falseados, lo que afectó “la confianza y la credibilidad de los ciudadanos”.

Escribió el juez: “Beatriz Paglieri no solo actuó bajo las órdenes directas de Mario Guillermo Moreno, sino que también tuvo una injerencia activa en el esquema diseñado para alterar los índices económicos del país, habiendo manipulado, desde su rol, estos datos”.

Moreno estaba acusado de, entre 2006 y 2007, instar a los funcionarios del INDEC a que le suministren datos protegidos por el secreto estadístico para que cambien la metodología en que se venía elaborando el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Fue para que diera un índice de inflación de acuerdo con la expectativas del gobierno de Néstor Kirchner.

En el juicio se probó la adulteración de los Índices de Precios al Consumidor de Capital Federal y Gran Buenos Aires entre enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio de 2007, y del IPC de la Provincia de Mendoza comprendido en el Índice Nacional de Precios al Consumo de agosto de 2007.

Esos datos fueron comunicados en informes de prensa oficiales del INDEC. “Al manipular fraudulentamente los cálculos y el resultado final del Índice IPC se alteró la base de datos original del INDEC y quedaron inutilizados los registros oficiales del sistema estadístico nacional”, afirmaron los jueces.

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