División de poderes en la república: ¿Qué puede y que no puede hacer Milei de todo lo que propone?

Si algo destaca al candidato presidenciable más elegido por la gente en las PASO, son sus propuestas disruptivas y polémicas, comunicadas con un ferviente discurso «antipolítica». ¿Que puede hacer y que no llegando a la presidencia?

Si los resultados de las PASO se proyectan, Javier Milei quedaría como presidente de Argentina pero con una presencia en el Congreso que, si bien interesante, está lejos del quorum necesario para poder poner sobre la mesa la mayoría de las propuestas que tiene en campaña, como la dolarización de la economía.

Con la proyección de las primarias podría sumar 37 bancas en Diputados –donde cuenta con 3– y 8 en Senadores, –donde no contaba con representación-.

¿Que quiere decir esto? 

Milei y la fuerza que representa el candidato liberal estan muy lejos del número necesario para dar quorum en la Cámara de Senadores y Cámara de Diputados, algo que reviste la división de poderes de la república como necesario para tratar proyectos de ley y, luego, aprobarlos.

Dentro del universo de propuestas liberales y de corte regresivo en cuando a la presencia del Estado y a sus funciones, una de ellas es la dolarización de la economía. En distintas entrevistas en los medios y con mucha acción en las redes sociales, Javier Milei ya se «anticipó» a este escenario, y mencionó que, en caso donde no tenga apoyo político, realizará un plebiscito, es decir, una votación ciudadana.

Los plebiscitos son herramientas totalmente válidas y constitucionales y existe dos tipos de consultas populares previstas en la Constitución Nacional: vinculantes (es obligatorio para el ciudadano votar, y para el Gobierno acatar el resultado) y no vinculantes (no hay obligatoriedad ni de concurrir a las urnas ni de aplicar posteriormente la medida).

El rol del Congreso, primer obstáculo para Milei

En cualquiera de estos casos, es el Congreso el único que puede convocar a la consulta, ya que en el Art. 75 Inc. 11 de la Constitución Nacional, le otorga la facultad de “hacer sellar moneda, fijar su valor y el de las extranjeras”.

La consulta popular vinculante necesariamente tiene que ser convocada por el Congreso, por lo tanto siempre es sobre cuestiones que le corresponden al Congreso. La consulta no vinculante puede ser convocada también por el presidente, pero siempre para cuestiones de su competencia.
El tema dolarización le corresponde al Congreso, y por lo tanto, es el único que puede convocar a consulta vinculante o no vinculante.

Con esto, Milei se encontrará el primer impedimento, amparado por la Constitución, para la que sea tal vez la propuesta más llamativa tanto para los propios como para los ajenos.

Conseguir el Quorum, no le será nada facil: El peronismo está totalmente alejado de las propuestas que presenta Milei y por parte de Juntos por el Cambio, que apuestan al bimonetarismo, tampoco le darán votos fáciles para llegar a la mayoría necesaria.

 

 

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